PAYCAP

Política de PBC

Last updated: 6 July 2026

1. Introducción

La presente Política de Prevención del Blanqueo de Capitales (PBC) explica las medidas que PAYCAP aplica para detectar, prevenir e interrumpir el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la elusión de sanciones y otros delitos financieros en sus Servicios. Forma parte de nuestras Condiciones del Servicio y se aplica a todo cliente, cuenta y transacción de la plataforma. Al utilizar los Servicios, usted se compromete a cumplir esta política y a cooperar plenamente con las comprobaciones que en ella se describen.

2. Nuestro compromiso

PAYCAP opera un programa estricto de PBC y de lucha contra la financiación del terrorismo (LFT) basado en el riesgo, y mantiene una tolerancia cero frente al uso de sus Servicios para blanquear capitales o financiar actividades ilícitas. El programa se ajusta a las leyes aplicables y a las normas internacionales reconocidas, es supervisado por personal de cumplimiento dedicado y se revisa periódicamente a medida que evolucionan la normativa y los riesgos de delito financiero.

4. Diligencia debida del cliente

Antes de que pueda acceder a determinadas funciones, y en distintos momentos a lo largo de la vida de su cuenta, verificamos su identidad mediante nuestro proceso de Conocimiento del Cliente (KYC), que puede incluir un documento de identificación oficial, un comprobante de domicilio y comprobaciones de prueba de vida. Debemos poder identificarle a usted y, cuando proceda, a cualquier titular beneficiario o persona que actúe en su nombre. Podremos negarnos a abrir, o podremos cerrar, cualquier cuenta cuando no pueda establecerse la identidad a nuestra satisfacción.

5. Diligencia debida reforzada y origen de los fondos

Cuando una cuenta, un cliente o una transacción presentan un riesgo más elevado, aplicamos una diligencia debida reforzada. Nos reservamos el derecho de solicitar, y usted se compromete a facilitar cuando lo requiramos, documentación acreditativa completa, incluidos extractos bancarios, estados financieros, registros fiscales, prueba del origen de los fondos y prueba del origen del patrimonio, junto con cualquier explicación que consideremos necesaria. Podremos rechazar, pausar, revertir o deshacer una actividad, así como restringir la cuenta, hasta que dicha documentación haya sido facilitada y revisada a nuestra satisfacción.

6. Transacción de verificación del origen de los fondos

Como parte de la verificación del origen de los fondos, podremos exigirle que realice una transacción de verificación desde la fuente original de los fondos enviados a la plataforma, por ejemplo desde la misma cuenta bancaria o monedero utilizado para efectuar su depósito, a fin de confirmar que usted es el verdadero titular y ordenante de dichos fondos. El importe de cualquier transacción de verificación de este tipo lo determina exclusivamente PAYCAP caso por caso. No exigimos ningún importe fijo o predeterminado, y ningún tercero puede fijarlo ni influir en él. Hasta que se complete y confirme una transacción de verificación requerida, podremos retener los fondos afectados y restringir la actividad relacionada.

7. Supervisión continua y automatizada

Supervisamos la actividad de la plataforma de forma continua. Los sistemas automatizados señalan para su revisión patrones inusuales, incoherentes o sospechosos, y utilizamos herramientas de análisis de cadena de bloques para evaluar el riesgo asociado a monederos, contrapartes y direcciones. Cuando nuestros sistemas o nuestro personal detecten una inquietud, podremos retener, demorar, revisar o rechazar cualquier transacción, incluida una retirada, y podremos hacerlo sin previo aviso cuando la notificación pudiera perjudicar una investigación o infringir la ley.

8. Cribado de sanciones y PEP

Sometemos a cribado a clientes, contrapartes y transacciones frente a listas de sanciones, listas de personas del medio político (PEP) y fuentes de prensa adversa, tanto en el momento de la incorporación como de forma continua. No prestamos Servicios a personas o entidades sancionadas, a quienes actúen en su nombre, ni a personas ubicadas en jurisdicciones a las que tenemos prohibido dar servicio. Los activos vinculados a partes sancionadas podrán ser bloqueados y comunicados conforme lo exija la ley.

9. Restricciones, retenciones y cierre de cuentas

De conformidad con la legislación aplicable y con nuestra evaluación del riesgo, nos reservamos el derecho, a nuestra discreción, de restringir, suspender, bloquear o cerrar su cuenta, de limitar funciones específicas, y de retener o rechazar transacciones y retiradas, cuando sospechemos de un delito financiero, cuando estén pendientes comprobaciones o documentación, o cuando estemos obligados o autorizados por la ley a hacerlo. Tales medidas podrán aplicarse sin previo aviso y permanecerán vigentes durante el tiempo necesario para completar nuestra revisión o para cumplir una obligación legal.

10. Actividad prohibida

No debe utilizar los Servicios para blanquear capitales, financiar el terrorismo, eludir sanciones, mover el producto de un delito, ni ocultar el origen, la titularidad o el control de fondos. No debe facilitar información falsa, engañosa o incompleta, utilizar la identidad de otra persona, ni actuar en nombre de un tercero no declarado. Cualquier actividad de este tipo dará lugar a la restricción o el cierre de su cuenta, la retención de fondos y, cuando así se exija, una comunicación a las autoridades.

11. Sus obligaciones y cooperación

Usted se compromete a facilitar información veraz y completa, a mantenerla actualizada y a responder con prontitud a cualquier solicitud de documentación o explicación. La falta de cooperación, la demora en facilitar lo que le solicitemos, o la aportación de información que no podamos verificar, podrán dar lugar a la restricción, suspensión o cierre de su cuenta y a la retención de fondos hasta que se resuelva el asunto.

12. Comunicación a las autoridades

Cuando detectamos actividad que estamos obligados a comunicar, presentamos comunicaciones de actividad sospechosa y otros informes ante las autoridades competentes. La ley puede prohibirnos informarle de que se ha presentado una comunicación, de que se ha compartido información o de que hay una investigación en curso, y no lo haremos cuando no estemos autorizados para ello.

13. Conservación de registros

Conservamos registros de la verificación de identidad, la documentación de diligencia debida, las transacciones y las decisiones de cumplimiento durante los plazos exigidos por la legislación aplicable. Estos registros se almacenan de forma segura y se facilitan a organismos reguladores, autoridades policiales y tribunales cuando estamos legalmente obligados a divulgarlos.

14. Cambios y contacto

Podremos actualizar esta política a medida que cambien las leyes, la normativa y los riesgos de delito financiero. Los cambios sustanciales se reflejarán aquí, y la fecha de «última actualización» que figura arriba muestra la versión vigente. Las preguntas sobre esta política pueden enviarse a help@plexcard.org.